Reforma administrativa: Entienda todos los cambios.

El gobierno federal presentó su propuesta de reforma administrativa en la segunda mitad de 2020. Comprender todos los cambios les dará a los estudiantes, abogados y profesionales del derecho una ventaja inicial.

Por lo tanto, a continuación, explicaremos de forma rápida, sencilla y completa todos los puntos que necesita saber sobre la Reforma Administrativa.

¿Cuál es el propósito de la reforma administrativa?

En resumen, esta enmienda constitucional propuesta para la Nueva Administración Pública, como la denomina el gobierno, serviría para equilibrar las cuentas públicas . El objetivo es iniciar una reforma administrativa integral, y la Propuesta de Enmienda Constitucional (PEC) 32/20 sería el primer paso.

Según el Ministerio de Economía , la reforma es necesaria para " modernizar el Estado, aportando mayor dinamismo, racionalidad y eficiencia a su funcionamiento; acercar la administración pública brasileña a la realidad del país; y garantizar las condiciones presupuestarias y financieras para la existencia del Estado y la prestación de servicios públicos de calidad ".

Sin embargo, el Ministerio de Economía no reveló el impacto fiscal de la Reforma Administrativa, indicando que aún depende de proyectos complementarios que se presentarán al Congreso más adelante.

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¿Qué cambios se producen en los exámenes de la función pública con la reforma administrativa?

En primer lugar, la Reforma Administrativa mantiene el concurso de oposición como principal vía de acceso a la función pública; sin embargo, modifica los vínculos jurídicos con el Estado.

Aquí hay que prestar atención, porque la Reforma Administrativa elimina el Régimen Jurídico Unificado y crea relaciones laborales distintas, que son:

  • Enlace de experiencia;
  • Enlace por plazo fijo;
  • Enlace por periodo indefinido;
  • De Carga típico de un Estado; y
  • Posición de liderazgo y asesoramiento.

Analicemos ahora en detalle las consideraciones del Ministro Paulo Guedes sobre cada uno de ellos:

I. Enlace de experiencia

" que proporcionará un período de experiencia efectiva como etapa en el examen competitivo para el ingreso a un puesto permanente o un puesto típico del Estado , estableciendo un marco bien definido para una evaluación y toma de decisiones más completas con respecto a la admisión del empleado a un puesto que forma parte de la plantilla permanente, según la clasificación, dentro del número de puestos previstos en la convocatoria pública, entre los mejor evaluados al final del período. "

II. Bono por un período fijo


"lo que permitirá la contratación de personal para necesidades específicas y con una fecha límite específica, para asistir:
(A) necesidad temporal resultante de una calamidad, emergencia, cierre de actividades esenciales o acumulación temporal de trabajo;
(B) actividades, proyectos o necesidades de carácter temporal o estacional, con indicación explícita de la duración de los contratos; y
c) actividades o procedimientos bajo demanda
"

III. Puesto con contrato de duración indefinida


"para el desempeño de actividades en cursoque no lo son típico del Estado, que abarca actividades técnico, administrativo o especializado y que involucran a un mayor número de personas"

IV. Oficina estatal típica


"como garantías, prerrogativas y deberes diferenciados, estarán restringido a los servidores que tienen como asignar la realización de actividades que son inherentes al Estado, sensibles y estratégicas. y que en gran medida representan poder extrovertido de Estado"

V. Rol de liderazgo y asesoramiento


"Esto no solo se aplicará a los cargos actualmente designados y a los cargos de confianza....pero también a otras posiciones que justifican la creación de un puesto de trabajo específico con asignaciones estratégicas, gerenciales o técnicas"

Además, es importante destacar que los cambios derivados de la reforma administrativa solo afectarán a los nuevos funcionarios públicos, es decir, a los futuros empleados públicos. Los funcionarios públicos actuales no se verán afectados por ningún cambio (derechos adquiridos).

¿Cuáles son las propuestas para la reforma administrativa?

Las propuestas para la Reforma Administrativa se basan en 7 (siete) puntos principales: fin del régimen jurídico único, desconstitucionalización de la gestión del desempeño y de las condiciones para la pérdida del empleo y los puestos públicos, mayor autonomía para el Presidente de la República, cambios en los principios que rigen la Administración Pública, cooperación con organismos y entidades públicas y privadas, acumulación de puestos y otras medidas que veremos en detalle en breve.

Fin del régimen jurídico unificado

Como ya hemos mencionado, la Reforma Administrativa crea diferentes tipos de contratos laborales: de prueba, de duración determinada, de duración indefinida, puestos típicos del Estado, puestos de liderazgo y funciones de asesoramiento.

Desconstitucionalización de la gestión del desempeño y de las condiciones para la pérdida del empleo y los cargos públicos.

En este caso, la Reforma Administrativa estipula que la ley (y no la Constitución) establecerá la gestión del desempeño y la pérdida de la permanencia en el cargo y de los puestos.

Esto conlleva una regulación menos estricta de estas cuestiones, lo que otorga mayor autonomía al legislador.

Asimismo, durante la Reforma Administrativa, se intenta establecer una ley federal complementaria competente para regular las normas generales relativas a la gestión de personal, el porcentaje máximo de puestos de liderazgo y asesoramiento que pueden ser designados y destituidos libremente, la organización de la fuerza laboral, la progresión y promoción profesional, el desarrollo y la formación, y la duración máxima de la jornada laboral a efectos de acumular actividades remuneradas.

Autonomía para el Presidente de la República

La Reforma Administrativa establece la posibilidad para el Presidente, mediante un Decreto:

"(el) eliminar puestos de Ministro de Estado, cargos designados, cargos y funciones de liderazgo y asesoramiento, ya sean ocupados o vacantes;
(B) crear, fusionar, transformar o extinguir Ministerios y organos directamente subordinado al Presidente de la República;
(C) extinguir, transformar y fusionar entidades de la administración pública autónoma y fundamental;
(D) transformar posiciones Puestos vacantes y puestos de Ministro de Estado, puestos de comisión y de liderazgo y asesoramiento, puestos de confianza y bonificaciones no permanentes, ya sean vacantes u ocupados, siempre que no suponga un aumento de los gastos y se mantenga la misma naturaleza de la relación laboral;
(E) cambiar y reorganizar puestos Los cargos públicos efectivos dentro del Poder Ejecutivo federal y sus responsabilidades, siempre que esto no implique alteración o supresión de la estructura de carrera, cambio en la remuneración, modificación de los requisitos de ingreso para el puesto o la naturaleza de la relación laboral, restringida, para los puestos típicos del Estado, a la transformación de puestos vacantes solo dentro de la misma carrera.
"(Texto completo de la PEC 32/20(énfasis añadido)

La consecuencia de ello es la ampliación de las prerrogativas del Poder Ejecutivo.

Cambios en los principios que rigen la Administración Pública

La Reforma Administrativa incorpora la imparcialidad, la transparencia, la innovación, la rendición de cuentas, la unidad, la coordinación, la subsidiariedad y la buena gobernanza pública a la lista de principios recogidos en el artículo 37 de la Constitución.

Cabe señalar que un cambio de principios constituye una alteración bastante significativa.

Cooperación con organismos y entidades públicas y privadas.

La Reforma Administrativa permite a la Unión, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios cooperar con organismos y entidades públicas y privadas para la ejecución de servicios públicos (como el uso compartido de infraestructura física y recursos humanos).

Acumulación de posiciones

Aquí, los cambios son mínimos en comparación con la situación actual.

La Reforma Administrativa permite la acumulación de puestos siempre que exista compatibilidad, excepto para aquellos que ostentan puestos típicos del Estado, donde la dedicación debe ser exclusiva (salvo para actividades docentes y relacionadas con la salud).

Otras medidas de la reforma administrativa

También existen otras medidas propuestas por la Reforma Administrativa, tales como:

(a) suspender , durante ausencias y licencias, el pago de remuneraciones por cargos de comisión o de liderazgo y asesoría, bonos por desempeño, bonificaciones, honorarios, indemnizaciones o cualquier pago que no sea de carácter permanente, excepto en los casos de ausencias y licencias previstos en la Constitución, ausencia por incapacidad temporal para el trabajo, traslado y requisición y ausencia del personal que presta servicios al Gobierno brasileño en el extranjero sujeto a situaciones adversas en el país donde realizan sus actividades; y

b) prever un conjunto de salvaguardias que corrijan las distorsiones históricas, contribuyan a mejorar la imagen del sector público ante la sociedad e instituyan políticas más justas y equitativas, tales como:

  • Períodos de vacaciones que excedan los treinta días durante un período de calificación de un año;
  • Incremento de las remuneraciones o pagos de compensación con efecto retroactivo;
  • El retiro forzoso como forma de castigo; entre otros"

( Texto completo de la PEC 32/20 ; énfasis añadido)

¿Cómo avanza el proceso de reforma administrativa?

El PEC 32/20 fue remitido a la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía (CCJ). El texto será presentado posteriormente a una comisión especial, que evaluará su pertinencia, y luego al Pleno, teniendo en cuenta que la aprobación de un PEC es más compleja que la de un proyecto de ley.

Finalmente, la Reforma Administrativa debe ser debatida y votada en ambas Cámaras del Congreso, en dos rondas, y aprobada con al menos tres quintas partes de los votos de los senadores y representantes.