Los delitos electorales pueden entenderse como conductas ilegales o reprobables que acaban por ofender los principios protegidos por la legislación electoral.
El Derecho Electoral es una rama autónoma del Derecho Público que surgió para satisfacer la necesidad de regular la conducta humana en torno al proceso electoral.
El contexto previo a la creación del primer código electoral estuvo marcado por varias crisis de índole económica, política y social, así como por fraudes electorales, como la compra de votos.
En 1930, bajo el gobierno de Getúlio Vargas, comenzó la Era Vargas, un periodo de reforma de la legislación electoral que dio lugar al primer código electoral. ¿Quieres saber más? ¡Lee el artículo completo!

¿Qué son los delitos electorales?
Los delitos electorales se clasifican como delitos comunes, lo que significa que no se requiere ninguna calificación específica del autor. Por lo tanto, cualquier ciudadano que cometa este delito puede estar sujeto a las sanciones previstas.
Los delitos electorales son delitos públicos; por lo tanto, cualquier ciudadano puede denunciar el delito mediante una denuncia electoral dirigida al Juez Electoral, que puede presentarse por escrito o verbalmente.
La jurisdicción para tramitar y juzgar los delitos electorales y otros delitos conexos corresponde al Tribunal Electoral.
Existe jurisdicción especial en los casos que involucran al Presidente y Vicepresidente de la República (Tribunal Supremo Federal); a los Gobernadores y Vicegobernadores de los Estados y del Distrito Federal (Tribunal Superior de Justicia); y, finalmente, a los Alcaldes Municipales (Tribunales Electorales Regionales). La clasificación de los delitos electorales se encuentra en el Código Electoral, así como en la Ley 9.504/97.
La complejidad y gravedad de los delitos electorales exigen una respuesta estatal drástica y pronta. Por lo tanto, la respuesta apropiada es el enjuiciamiento penal de quienes, con sus acciones, perturban y atentan contra la democracia, la representación colectiva y el Estado de derecho democrático.
¿Cuáles son los principales delitos electorales?
Ahora que se ha introducido el tema inicialmente, para dilucidar mejor el área propuesta, abordaremos algunos de los delitos electorales previstos:
boca de urna
La propaganda electoral en los colegios electorales está definida legalmente en el artículo 39, párrafo 5 de la Ley Electoral N° 9.504/1997 y prevé la siguiente sanción:
Artículo 39, § 5: Constituyen delitos cometidos el día de las elecciones los siguientes, punibles con pena de prisión de seis meses a un año, con la alternativa de servicio comunitario por el mismo período, y una multa de cinco mil a quince mil UFIR:
II – reclutamiento de votantes o propaganda a pie de urna;
En este sentido, "boca de urna" (literalmente "examen de ingreso") se refiere al acto de realizar campaña electoral o intentar persuadir a un votante para que cambie su voto el día de las elecciones.
La ley también estipula que el uso de altavoces y la realización de caravanas y mítines están prohibidos. La distribución de folletos de campaña está prohibida a partir de las 22:00 horas del día anterior a las elecciones.
Corrupción electoral
La corrupción electoral, a su vez, se aborda en el artículo 299 del Código Electoral, de la siguiente manera:
Artículo 299. Dar, ofrecer, prometer, solicitar o recibir, para uno mismo o para otro, dinero, un regalo o cualquier otra ventaja, con el fin de obtener o dar un voto y asegurar o prometer la abstención, aun cuando la oferta no sea aceptada:
Pena: prisión de hasta cuatro años y pago de una multa equivalente a entre cinco y quince días de salario.
Así, a efectos penales, tanto quien compra votos como quien los vende son considerados culpables. Quien compra es acusado de corrupción activa, y quien vende, de corrupción pasiva.
Difusión de información falsa.
Las razones para crear las tristemente célebres "noticias falsas" son diversas. Una de las formas más comunes de difundir noticias falsas es mediante el uso de empresas especializadas que crean rumores, los cuales luego se difunden a gran escala, llegando a millones de usuarios.
La disposición legal se encuentra en el artículo 323 del Código Electoral, que dice lo siguiente:
Artículo 323. Difundir, en propaganda electoral o durante el período de campaña electoral, hechos que se sabe que son falsos en relación con partidos o candidatos y que sean capaces de influir en el electorado:
Pena: prisión de dos meses a un año, o pago de una multa de 120 a 150 salarios diarios.
Otros delitos electorales
Para una mejor visualización, hemos recopilado los delitos electorales previstos y sus respectivas disposiciones legales para su posterior estudio, como se indica a continuación:
| DELITOS | DISPOSICIÓN LEGAL |
| Difamación electoral | Artículo 324, § 1, del Código Electoral |
| Comprar votos | arte. 299 del Código Electoral |
| Derrame de panfletos religiosos | art. 39, §5°, inc. III, de la Ley nº 9.504/97 |
| Difamación electoral | arte. 325 del Código Electoral |
| Falsedad ideológica electoral/fondo discrecional | arte. 350 del Código Electoral |
| Difusión de información falsa (noticias falsas) | arte. 323 del Código Electoral |
| insulto electoral | arte. 326 del Código Electoral |
| Fomentar el desorden y obstaculizar los procesos electorales. | arte. 296 del Código Electoral |
| Propaganda electoral: uso de frases y eslóganes gubernamentales. | Artículo 40 de la Ley N° 9.504/97 |
| Transporte de votantes | art. 11, inc. III, c/c art. 5, ambos de la Ley nº 6.091/74 |
¿Cómo denunciar delitos electorales?
Tras toda la información presentada, la pregunta sigue siendo: "¿Cómo puedo denunciar los delitos electorales?".
El Tribunal Electoral Superior (TSE) creó recientemente un sistema llamado "Pardal" que permite a los ciudadanos denunciar ante el Tribunal Electoral y la Fiscalía las infracciones e irregularidades electorales observadas en las campañas, reforzando así los principios de participación popular, transparencia y equidad en las elecciones.
Pardal, que se puede usar de forma gratuita en teléfonos inteligentes y tabletas, también está disponible para su descarga en las tiendas virtuales de Apple Store y Google Play y a través de un formulario web en [nombre del sitio web]. Portales de Justicia Electoral.
Para las elecciones que tendrán lugar en octubre de 2022, el Tribunal Electoral Superior (TSE) ha actualizado la aplicación para facilitar la integración con el Proceso Judicial Electrónico (PJe) del Tribunal Electoral, lo que permite generar estadísticas sobre las denuncias recibidas y tramitadas.
No hay nada que temer en cuanto a la protección de sus datos. Las mejoras implementadas garantizan la confidencialidad de la información de los votantes, tal como lo establece el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
Cabe destacar que, en los casos en que se manifieste mala fe, el usuario será responsable del acto y estará sujeto a las sanciones correspondientes.

¿Cómo pueden los profesionales del derecho acceder al ámbito del derecho electoral?
Para ingresar al campo del derecho electoral, los abogados deben buscar conocimientos que vayan más allá de la teoría. Se requiere resiliencia e interdisciplinariedad, así como tiempo para participar en campañas y actividades partidistas, y una gran dedicación al estudio y a mantenerse actualizados.
Los profesionales del derecho electoral son responsables de las defensas legales y administrativas, la redacción de dictámenes jurídicos, la emisión de declaraciones públicas y, lo que es más importante, de proporcionar orientación, respuestas e incluso directrices en los debates.
Un abogado electoral es aquel que garantiza la legalidad y el cumplimiento de los procesos electorales, ya sea asesorando a políticos, movimientos o partidos políticos.
Para que un profesional pueda desempeñarse satisfactoriamente en un partido político, es necesario tener conocimientos de Derecho Tributario, conocimientos básicos de Derecho Laboral, así como familiaridad con el Derecho Civil y una atención constante al Derecho Penal.
Esto significa que los abogados deben tomar decisiones basándose en el conocimiento del derecho electoral, pero siempre en paralelo con otras ramas del derecho.
En determinadas situaciones, según el caso específico, un abogado puede necesitar conocimientos de contabilidad, ciencias políticas, marketing, estrategia, psicología y, sobre todo, gestión de personas. En este contexto, el profesional debe comprender que su trabajo abarca y se extiende más allá del ámbito jurídico.
Además de ejercer la abogacía, los profesionales del derecho pueden prepararse para los exámenes de la función pública para puestos relacionados con los procesos electorales en instituciones como la Fiscalía y los Tribunales Electorales.
Referencias
Botelho, Patrick Braganza. Código Electoral: cambios a lo largo de los años. POLITIZAR, 2022.
TSE. La aplicación Pardal recibe informes de irregularidades relacionadas con las elecciones de 2022. Brasil, 2022.
EET. Denuncia electoral, 2018.
TSE. Registro de candidatos.