¿Qué es el proyecto de ley contra las noticias falsas y por qué se llama así?

Momento histórico e o projeto de lei O PL 2630/2020, também chamado de “PL das Fake News”, de autoria do Senador Alessandro Vieira (CIDADANIA-SE), surge em um cenário delicado, tanto

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20 de Septiembre del 2023

Un momento histórico y el proyecto de ley.

El proyecto de ley 2630/2020, también conocido como la "Ley de Noticias Falsas", del que es autor el senador Alessandro Vieira (CIDADANIA-SE), surge en un escenario delicado, tanto para Brasil como para el resto del mundo.

En el punto álgido de la pandemia del Coronavirus , cuando la gran mayoría de la población se encuentra físicamente aislada debido a las medidas gubernamentales destinadas a reducir el contagio, las redes sociales se convierten en la mejor manera de difundir noticias, mantenerse en contacto con la familia y conectar con la vida fuera del mundo confinado de ese momento.

Sin embargo, con el uso generalizado de los medios de comunicación en línea o de los proveedores de aplicaciones, también se hace evidente el enorme poder de estas plataformas. 

A través de Internet es posible encontrar personas con ideas diversas, que a menudo comparten las opiniones del usuario medio, formando grandes centros virtuales de identificación y de pertenencia.

En este escenario, comienzan a surgir algunas preocupaciones:

  • La existencia de cuentas falsas, con usuarios fantasma; 
  • Redes de distribución automatizadas, popularmente conocidas como robots;
  • El patrocinio encubierto de contenidos.

La preocupación surge de la difusión generalizada de desinformación en las redes sociales, con noticias falsas sobre la pandemia del coronavirus, las próximas elecciones municipales y discursos de odio patrocinados.

Según el estudio de Iceberg Digital , publicado en 2020 por Kaspersky en asociación con la empresa de investigación latinoamericana Corpa, el 62% de los brasileños en ese momento no sabía cómo distinguir las noticias falsas de las noticias reales[1].

Lo que para algunos puede generar un alto nivel de inseguridad, para otros se convierte en una herramienta de manipulación y un método para amplificar el discurso de odio y las conductas radicalizadas.

En este contexto, surge el Proyecto de Ley 2630/2020 , que establece la Ley brasileña de Libertad, Responsabilidad y Transparencia en Internet [2], conocida como la Ley de Noticias Falsas . Sin embargo, el proyecto de ley busca más que simplemente combatir la difusión de noticias falsas.

Exigir responsabilidades a los proveedores es un objetivo fundamental.

En realidad, el objetivo principal del proyecto de ley es crear mecanismos para auditar, supervisar y exigir responsabilidades a los proveedores de aplicaciones, como las redes sociales y los llamados servicios de mensajería privada (por ejemplo, WhatsApp y Telegram ).

En este punto, es necesario diferenciar brevemente entre los tipos de proveedores existentes, ya que la correcta identificación de las entidades presentes en Internet es esencial para una regulación justa. 

Como señalan Souza y Lemos, es esencial “para poder afirmar el régimen de responsabilidad correspondiente, especialmente cuando se trata de analizar los comportamientos realizados por los usuarios de los servicios prestados y el grado de interferencia del proveedor sobre ellos” [4].

El Tribunal Superior de Justicia adopta el entendimiento de que los proveedores de servicios de internet “son aquellos servicios vinculados al funcionamiento de esta red informática mundial, o que se realizan a través de ella” [5]. En este sentido, los tipos de proveedores se subdividen de la siguiente manera:

  • proveedores de columna vertebral;
  • Proveedores de acceso;
  • Proveedores de alojamiento web;
  • proveedores de información;
  • Proveedores de contenido.

La Ley Federal No. 12.965 de 2014, más conocida como Marco Civil da Internet [3], en su artículo 5, diferencia entre dos tipos de actividades de proveedores: conexión a Internet y aplicaciones de Internet.

La primera se refiere a la denominada Red Troncal, que en Brasil puede ejemplificarse con Vivo, Net, Claro y otras empresas responsables de proporcionar conectividad a internet.

A efectos de lo dispuesto en la Ley Pública 2630/2020, resulta evidente que se refería únicamente a los denominados proveedores de información que crean contenido, como los propios usuarios, y a los proveedores de contenido, es decir, «que ponen a disposición en la red los datos creados o desarrollados por proveedores de información o por los propios usuarios de la web». [5] A estos tipos también se les denomina proveedores de aplicaciones.

La búsqueda de responsabilidades para los proveedores de aplicaciones por el contenido compartido en sus plataformas no es nueva en el sistema legal brasileño.

La Carta de Derechos de Internet de Brasil (Marco Civil da Internet) aborda este tema, en particular en los artículos 18, 19 y 21, y establece categóricamente que los proveedores no son responsables del contenido, excepto por no eliminar dicho contenido en violación de una orden judicial o después de la notificación de la víctima de contenido sexual difundido sin su consentimiento.

Así, el MCI adoptó en su estructura la denominada responsabilidad subjetiva de los proveedores, es decir, serán responsables cuando no adopten medidas efectivas para eliminar el contenido dañino, después de tener conocimiento del mismo, ya sea mediante notificación de la víctima (artículo 21 del MCI) o por orden judicial.

En este sentido, la mera existencia de contenido falso, ofensivo o ilegal no generaría, en principio, responsabilidad objetiva para el proveedor.

El nuevo proyecto de ley que se analiza en este artículo busca crear mecanismos que resalten la importancia de una gestión eficaz por parte de los proveedores en lo que respecta al contenido de sus plataformas de internet. 

Esto incluye la obligación de emitir informes anuales para todas las plataformas con una base de usuarios de 2 millones o más. Asimismo, es necesario implementar buenas prácticas de transparencia y supervisión, especialmente en lo que respecta al contenido patrocinado, es decir, cuando un usuario realiza pagos a la plataforma para la difusión de noticias, productos, servicios e información.

La prohibición de la mera existencia de cuentas falsas, por ejemplo, bajo pena de responsabilidad por un organismo sancionador, es quizás una importación de la responsabilidad objetiva prevista en el resumen 479 del STJ [6], en el que las entidades financieras son responsables de los daños causados ​​por fraude y delitos de terceros, resultantes de sucesos internos fortuitos.

Por lo tanto, la mera existencia de una cuenta fraudulenta hace responsable a la persona que tenía el deber de verificar su autenticidad.

Posibles consecuencias

Es importante destacar que crear métodos en los que el proveedor tenga el deber de supervisar, monitorear y, en consecuencia, filtrar el contenido es algo preocupante, ya que fomenta la idea de crear una plataforma que sea a la vez supervisora ​​y jueza de sus propios casos. 

En este sentido, principios fundamentales como la libertad de expresión y la libertad de pensamiento pueden quedar relegados a un segundo plano por mera ornamentación, sujeta a la discreción de entidades privadas que tendrán no solo la posibilidad, sino el deber de monitorear constantemente las actividades realizadas por sus usuarios.

Si bien se reconoce la importancia y la relevancia de lo que se aborda en el Proyecto de Ley 2630/2020, es necesario prestar atención a las consecuencias que puede acarrear un proyecto de ley. 

Lo que se debe buscar son métodos que responsabilicen a los proveedores de aplicaciones por negligencia, interferencia y complicidad en actividades ilegales. Esto garantizaría el libre desarrollo de la personalidad, la libertad de expresión y la dignidad de la persona humana, combatiendo el discurso de odio, la difusión de noticias falsas y aportando transparencia al patrocinio de contenidos.

Si bien el proyecto de ley analizado en este artículo no agota el tema ni la necesidad de regular a los proveedores, puede profundizar en él. Para ello, consulte el artículo « El papel de las redes sociales en la difusión de noticias falsas y el derecho a la libertad de expresión », disponible aquí en el blog jurídico de IDP.

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Referencias

RODRIGUES, RENATO. Investigación: Los peligros ocultos de Internet. Kaspersky Daily, 2020. Disponible en: Consultado el: 19/09/2023.[1]

Brasil. Senado Federal. Proyecto de Ley PL 2630/2020. Establece la Ley brasileña de Libertad, Responsabilidad y Transparencia en Internet. Disponible en: . Consultado el: 19/09/2023.[2]

Brasil. Ley Federal N° 12.965, del 23 de abril de 2014. Marco Civil da Internet (Carta de Derechos de Internet de Brasil). Establece principios, garantías, derechos y deberes para el uso de Internet en Brasil. Disponible en: . Consultado el: 19/09/2023.[3]

SOUZA, CARLOS AFFONSO. LEMOS, RONALDO. Marco civil de Internet: construcción y aplicación. 1. ed. Juiz de Fora: Editar Editora Associada Ltda, 2016. [4]

Brasil. Tribunal Superior de Justicia. Resp 1316921/RJ. Relatora Magistrada Nancy Andrighi. Disponible en: Consultado el: 19/09/2023. [5]

Brasil. Tribunal Superior de Justicia. Resumen 479. Disponible en: . Consultado el: 19/09/2023. [6]

MORAIS, FERNANDA. El papel de las redes sociales en la difusión de noticias falsas y el derecho a la libertad de expresión. Blog de IDP. Derecho digital. Disponible en: . Consultado el: 19/09/2023. [7]

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