El recurso interlocutorio es uno de los recursos más importantes previstos en el Código de Procedimiento Civil brasileño, utilizado para impugnar decisiones interlocutorias, es decir, aquellas dictadas durante el curso del proceso pero que no ponen fin a la sentencia. Y aunque se trata de un instrumento técnico, el recurso interlocutorio es una herramienta estratégica para abogados, partes y demás interesados en el proceso, ya que permite la revisión inmediata de decisiones que podrían causar un daño irreparable si no se corrigen con prontitud.
Analicemos mejor qué es un recurso interlocutorio, en qué situaciones puede utilizarse, en qué se diferencia de otros recursos, cuáles son los requisitos legales para su admisibilidad y otra información relevante para su correcta aplicación en materia procesal.

¿Qué es un recurso interlocutorio?
El recurso interlocutorio es un recurso legal previsto en los artículos 1.015 a 1.020 del Código de Procedimiento Civil de 2015. Es aplicable contra resoluciones interlocutorias que versan sobre cuestiones expresamente previstas por la ley. Una resolución interlocutoria es aquella que, si bien no pone fin al procedimiento, resuelve cuestiones accesorias que pueden influir directamente en el curso de la acción o en los derechos de las partes.
Según el artículo 1.015 del CPC (Código de Procedimiento Civil de Brasil), es admisible un recurso interlocutorio en los casos allí enumerados, tales como:
Artículo 1.015. Se podrá interponer recurso interlocutorio contra decisiones interlocutorias relativas a:
I – medidas cautelares provisionales;
II - fondo del asunto;
III – rechazo de la reclamación de un acuerdo de arbitraje;
IV – incidente de menosprecio de la personalidad jurídica;
V – rechazo de la solicitud de asistencia jurídica gratuita o aceptación de la solicitud de revocación de la misma;
VI – exhibición o posesión de un documento u objeto;
VII – exclusión de un codemandante;
VIII – Rechazo de la solicitud de limitar el número de partes involucradas en el litigio conjunto;
IX – admisión o no admisión de la intervención de terceros;
X – otorgar, modificar o revocar el efecto suspensivo de las objeciones a la ejecución;
XI – redistribución de la carga de la prueba en los términos del artículo 373, § 1;
XII – otros casos a los que se hace referencia expresamente en la ley.
Por lo tanto, el recurso interlocutorio tiene fundamentos exhaustivos para su admisibilidad, pero la jurisprudencia puede permitir una interpretación amplia o analógica en situaciones de urgencia o riesgo de daño irreparable.
Propósito e importancia del recurso interlocutorio
La función principal de un recurso interlocutorio es permitir la reevaluación inmediata de las decisiones interlocutorias antes de la sentencia definitiva, especialmente cuando existe el riesgo de un daño grave difícil o imposible de reparar. A diferencia de las decisiones que solo pueden impugnarse mediante recurso después de la sentencia, el recurso interlocutorio permite someter el asunto al tribunal competente con mayor rapidez antes de que se dicte la sentencia definitiva.
Este recurso es esencial para evitar daños irreparables a las partes durante el transcurso del procedimiento; para corregir ilegalidades o abusos de poder cometidos por el tribunal de primera instancia; y para garantizar el respeto del principio contradictorio y el derecho a una defensa plena, especialmente en cuestiones como la presentación de pruebas, las intervenciones de terceros y las medidas cautelares.
Comparación con otros recursos
Para comprender mejor el papel del recurso interlocutorio, resulta útil compararlo con otros recursos previstos en el CPC (Código de Procedimiento Civil brasileño), como los que se enumeran a continuación, que pueden generar confusión entre los profesionales del derecho:
- ApelaciónA diferencia de un recurso interlocutorio, un recurso de apelación es un recurso interpuesto contra una sentencia, es decir, contra la decisión que pone fin al procedimiento, y se utiliza después de que se hayan juzgado los méritos del caso.
- Declaración de aclaración: Su objetivo es aclarar cualquier ambigüedad, contradicción u omisión en una decisión judicial y, por lo tanto, serán revisadas por el juez que dictó la decisión.
- Atractivo ordinario, especial o extraordinarioEstas solicitudes van dirigidas a autoridades superiores y tienen requisitos específicos relacionados con el tema en cuestión o con el organismo que la tramita.
- Recurso interno y recurso en apelación especial/extraordinaria: Aunque también se les denomina "apelaciones", tienen diferentes propósitos y procedimientos, orientados a su tramitación en tribunales superiores. La Apelación Interna (artículo 1.021 del CPC) se utiliza para impugnar decisiones monocráticas emitidas por los ponentes del tribunal, y la Apelación Especial o Extraordinaria (artículo 1.042 del CPC) es aplicable cuando el presidente o vicepresidente del tribunal local no admite la apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) o el Tribunal Supremo Federal (TSF).
De este modo, el recurso interlocutorio se erige como el principal medio para impugnar de inmediato las decisiones interlocutorias, subsanando una laguna procesal relevante para el control de las decisiones dictadas antes de la sentencia definitiva.
Requisitos para la presentación de un recurso interlocutorio y su tramitación
La correcta interposición de un recurso interlocutorio depende del cumplimiento de los requisitos legales, formales y sustantivos. El incumplimiento de estos requisitos puede dar lugar a la inadmisibilidad del recurso. Por lo tanto, enumeramos los principales requisitos estipulados en el Código de Procedimiento Civil de Brasil.
Requisitos principales:
- OportunidadLa decisión debe ajustarse a los escenarios descritos en el artículo 1.015 del CPC.
- plazoEl recurso deberá presentarse en un plazo de 15 días hábiles a partir de la fecha de notificación de la decisión (Artículo 1.003, §5, CPC).
- PreparaciónEl recurrente deberá abonar las costas judiciales correspondientes a la apelación, salvo que sea beneficiario de asistencia jurídica gratuita.
- Documentos requeridos (art. 1.017, §5º):
- Copias de la petición inicial, la respuesta a la demanda, la petición que dio origen a la decisión apelada, la decisión apelada misma, el certificado de la notificación correspondiente u otro documento oficial que acredite la puntualidad, y los poderes otorgados a los abogados del apelante y del apelado;
- Una declaración del abogado del apelante de que ninguno de los documentos mencionados existe, bajo pena de responsabilidad personal;
- Opcionalmente, con otros documentos que el apelante considere útiles.
- Comprobante de pago de las tasas de apelación, cuando corresponda.
- Razón fundamentalLa apelación deberá exponer los fundamentos jurídicos que demuestren la incorrección de la decisión impugnada.
- Solicitud de suspensión de la ejecución (opcional)El recurrente podrá solicitar que la apelación suspenda los efectos de la decisión apelada, de conformidad con el artículo 1.019, inciso I.
Por lo tanto, el incumplimiento de estos requisitos puede dar lugar a que el tribunal no admita la apelación.
Una vez interpuesta, la apelación interlocutoria será asignada a un ponente en el tribunal competente. El ponente podrá/deberá otorgar efecto suspensivo a la decisión apelada; ordenar que se notifique al apelado para que presente sus alegatos en un plazo de 15 días; someter la apelación a decisión de un solo juez, cuando proceda, o incluirla en el orden del día para una decisión colegiada.
El tribunal podrá confirmar, modificar o anular la decisión impugnada, respetando los principios de los procedimientos contradictorios, la defensa plena y las decisiones motivadas.
Consejos prácticos para abogados en la preparación de un recurso interlocutorio
- Verifique con precisión si la decisión se ajusta a lo dispuesto en el artículo 1.015 o a la jurisprudencia establecida que permite excepciones.
- Reúna todos los documentos necesarios, prestando mucha atención a los detalles, especialmente a los certificados y poderes notariales.
- Fundamente su solicitud exhaustivamente, con argumentos legales y fácticos que demuestren el riesgo de mantener la decisión apelada.
- Siempre que sea posible, solicite una suspensión de la ejecución, destacando el peligro de la demora y la plausibilidad del derecho.
- Siga de cerca el progreso de la apelación y, si es necesario, esté preparado para presentar una apelación interna en caso de una decisión desfavorable del juez único.

Conclusión
El recurso interlocutorio es un recurso esencial en el procedimiento civil brasileño, que permite la revisión inmediata de las decisiones interlocutorias por el tribunal competente, garantizando así una mayor equidad y equilibrio en el proceso. Previsto en los artículos 1.015 a 1.020 del Código de Procedimiento Civil, este recurso cuenta con fundamentos exhaustivos de admisibilidad, pero permite, en ciertos casos, una interpretación atenuada, según la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
Saber cuándo y cómo utilizarlo es fundamental para la práctica jurídica, ya que una apelación puede representar la única oportunidad de corregir decisiones potencialmente perjudiciales durante el proceso. Al cumplir rigurosamente con los requisitos legales y presentar una justificación sólida, los abogados pueden utilizar este instrumento de manera eficaz y segura.

Referencias
AURUM. Comentarios sobre los artículos 1.015 a 1.020 del CPC: recurso interlocutorio. Disponible en: https://www.aurum.com.br/blog/novo-cpc-comentado/art-1-015-a-1-020-cpc/. Consultado el 13 de abril de 2025.
BRASIL. Ley N° 13.105, del 16 de marzo de 2015. Código de Procedimiento Civil. Disponible en: https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2015-2018/2015/lei/l13105.htm. Consultado el 13 de abril de 2025.
MODELO INICIAL. ¿Qué es un recurso interlocutorio y cuándo puede utilizarse? Disponible en: https://modeloinicial.com.br/artigos/agravo-instrumento/. Consultado el 13 de abril de 2025.
TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL Y TERRITORIOS. Apelación interlocutoria. Easy Law – edición semanal. Disponible en: https://www.tjdft.jus.br/institucional/imprensa/campanhas-e-produtos/direito-facil/edicao-semanal/agravo-de-instrumento. Consultado el 13 de abril de 20.