Denuncia ante el Tribunal Supremo Federal (TSF): comprenda los fundamentos para presentar una denuncia.

Aqui no Blog do IDP nós nos dedicamos a diversos ramos do Direito de forma integrada.  Do ponto de vista do Direito Processual Civil, o professor Manassés Lopes já tratou,

11 de Septiembre del 2023

En el blog de IDP, nos dedicamos a diversas ramas del Derecho de forma integrada. 

Desde la perspectiva del Derecho Procesal Civil, el profesor Manassés Lopes ya ha analizado, por ejemplo, el concepto y los tipos de recursos previstos en el Código de Procedimiento Civil de 2015.

Ya ha presentado los Embargos de Divergencia como parte del trabajo forense diario de los abogados que ejercen ante los Tribunales Superiores. También ha aportado aspectos prácticos sobre el Recurso Especial y el Recurso Extraordinario.

En otra ocasión, hablamos sobre algunos tipos de apelaciones civiles y soluciones prácticas.

Ahora, combinando conocimientos de Derecho Constitucional y Procedimiento Civil, analizaremos la demanda ante el Tribunal Supremo Federal.

¿En qué consiste exactamente este tipo de medida judicial? ¿Cuáles son los fundamentos para su aplicación? ¿Existe también la posibilidad de interponer una denuncia ante el Tribunal Superior de Justicia? ¿Son los fundamentos los mismos?

¡Vamonos!

Recurso de amparo constitucional: que combina la Constitución Federal, el Código de Procedimiento Civil, el Reglamento Interno del Supremo Tribunal Federal y el Derecho Ordinario.

El Código de Procedimiento Civil de 2015 , en su artículo 988, describe las circunstancias en las que resulta aplicable un mecanismo jurídico conocido como Reclamación/Demanda.

Es importante señalar que el artículo se encuentra dentro del Libro III , relativo a los procedimientos judiciales y los medios para impugnar las decisiones judiciales; y el Título I , que rige...

El orden de los procedimientos y los procedimientos dentro de la jurisdicción original de los Tribunales.

Por lo tanto, no forma parte del Título II , así que no es una apelación. Según el ministro Gilmar Mendes, profesor del IDP, y de acuerdo con la opinión mayoritaria en la literatura especializada, la naturaleza jurídica de una reclamación es la de una acción propiamente dicha.

Según el CPC/15 , la denuncia puede ser interpuesta por el interesado o por el Ministerio Público en los siguientes casos:

  • para preservar la jurisdicción del Tribunal;
  • para garantizar la autoridad de las decisiones del Tribunal;
  • para garantizar el cumplimiento de los precedentes y decisiones vinculantes de la Corte Suprema Federal en la revisión constitucional concentrada; y
  • para garantizar el cumplimiento de una resolución dictada en un caso relativo a la resolución de reclamaciones repetitivas o un incidente relativo a la asunción de jurisdicción.

También existen dos motivos de inadmisibilidad:

  • si se propone después del fallo definitivo de la decisión impugnada; y
  • Esta propuesta tiene por objeto garantizar el cumplimiento de una resolución en un recurso extraordinario con repercusión general reconocida o de una resolución dictada en el juicio de recursos extraordinarios o especiales reiterados, cuando no se hayan agotado las instancias ordinarias.

El contexto de una denuncia ante el Tribunal Supremo Federal (TSF) está regulado con mayor precisión en la Constitución Federal de 1988.

El artículo 102, I, l , dispone que es responsabilidad de la Corte Suprema tramitar y juzgar, en primera instancia, las demandas para la preservación de su jurisdicción y la garantía de la autoridad de sus decisiones.

Más adelante, el artículo 103-A, § 3, dispone que se puede presentar una reclamación ante el Tribunal Supremo Federal para impugnar un acto administrativo o una decisión judicial que contradiga un precedente vinculante aplicable o que se aplique de forma indebida.

En este caso, si la queja se considera admisible, el Tribunal Supremo Federal (TSF) debe anular el acto administrativo o revocar la decisión judicial impugnada y ordenar que se emita otra decisión con o sin la aplicación del precedente vinculante, según el caso específico.

Los procedimientos específicos para una queja constitucional están establecidos en el Reglamento Interno del Tribunal Federal Supremo , artículos 156 a 162, y en la Ley N° 8.038/90 , que establece las normas procesales para los procedimientos ante el Tribunal Superior de Justicia y el Tribunal Federal Supremo, en los artículos 13 a 18.

Por lo tanto, entendemos que el propósito último de una demanda constitucional es preservar la posición institucional de la Corte Suprema, fortalecer la estructura jerárquica del Poder Judicial, estandarizar la jurisprudencia y garantizar la seguridad jurídica.

Reclamaciones, apelaciones reiteradas y repercusiones generales: ¿es posible la reconciliación?

Una pregunta que siempre surge es: ¿es admisible una reclamación para preservar un precedente establecido por el Tribunal Superior? ¿Sería posible utilizar una reclamación para garantizar el cumplimiento de una resolución en una apelación extraordinaria con repercusión general o en una apelación especial repetitiva?

Necesitamos reflexionar.

El Tribunal Superior de Justicia entiende que una demanda no es admisible para preservar un precedente establecido en un recurso especial reiterativo. No puede entenderse como una especie de sustituto de un recurso, que devuelve al Tribunal el debate sobre la aplicación concreta de la tesis (STJ, AgInt en Rcl 39.760/SP, Ponente Ministro Marco Aurélio Bellizze, Segunda Sección, DJe de 04/06/2020).

Según un fallo reciente:

“Tal acción tiene por objeto preservar la jurisdicción del STJ o garantizar la autoridad de sus decisiones, y no es adecuada para preservar su jurisprudencia, sino más bien la autoridad de una decisión tomada en un caso específico e involucrando a las partes involucradas en el litigio del que se origina” (AgInt en Rcl No. 41.776/RO, relator Ministro Francisco Falcão, Primera Sección, decidido el 11/9/2021, DJe del 11/11/2021).

Sin embargo, el Tribunal Supremo Federal mantiene una postura diferente.

Si bien ya se ha indicado que las quejas no pretenden ser simples sustitutos de las apelaciones ordinarias o extraordinarias, se aceptan para preservar la autoridad de las sentencias dictadas con repercusiones generales.

Así, el Tribunal Supremo estableció la demostración del carácter teratológico de la decisión impugnada como uno de los prerrequisitos para la admisibilidad de la reclamación, en los casos en que se aplique el entendimiento establecido por repercusión general (Rcl 33709 AgR, Rel. Rosa Weber, Primer Panel, resuelto el 20/09/2019).

Según el ministro Gilmar Mendes (Rcl 26.093/PI, DJe del 6/2/2017), otros requisitos acumulativos son:

  • el agotamiento de los recursos ordinarios;
  • la interposición de un recurso interno contra una decisión de un solo juez que suspende el procedimiento, desestima sumariamente un recurso dentro de la jurisdicción del Tribunal Supremo Federal o lo considera improcedente; y
  • la plausibilidad del argumento de que la interpretación de la Corte Suprema, tal como se estableció en el fallo sobre la repercusión general, fue errónea. en quo.

Para ilustrarlo, un reciente fallo de la Corte Suprema de Brasil estableció que:

1. No obstante el agotamiento de la jurisdicción en la instancia en quoLa resolución impugnada decidió el caso sustantivo tomando en cuenta los precedentes mencionados. 2. Por lo tanto, comparando la decisión impugnada con los precedentes citados, y respetando el alcance cognitivo de este instrumento, no se encuentra ninguna teratología en el acto judicial que se alega que viola los precedentes de este TRIBUNAL” (Rcl 56927 AgR, Rel. Alexandre de Moraes, Primer Panel, decisión del 13/02/2023).

¿Cómo puede ayudarme IDP?

Hemos observado que los dos Tribunales Superiores mantienen posturas diferentes con respecto a la admisibilidad de la reclamación en situaciones similares.

Es fundamental que usted, como profesional del derecho, posea conocimientos específicos y profundos para tramitar apelaciones y acciones ante el Tribunal Superior de Justicia y el Tribunal Supremo Federal, a fin de lograr el éxito que merece.

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Referencias

DIMOULIS, Dimitri. Curso de procedimiento constitucional: Revisión constitucional y recursos constitucionales. São Paulo: Atlas, 2016.
MENDES, Gilmar Ferreira. curso de derecho constitucional. São Paulo: Saraiva, 2017.

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