Si eres abogado, contable, economista, estudiante, investigador… o simplemente tienes curiosidad, sabrás que el Derecho Tributario es una de las áreas más sofisticadas del derecho. La razón principal: ¡su nomenclatura!

Para comenzar nuestra conversación, en este artículo quiero enseñarte las diferencias entre evitación, evasión y elusión. Esto se debe a que, a pesar de tener nombres muy similares, estos conceptos son bastante diferentes.

Por cierto, durante mis estudios de pregrado, un profesor de mi universidad me dio el siguiente consejo: "Si la ley da nombres diferentes a las instituciones jurídicas, es porque son cosas diferentes". Este consejo de mi profesor, Luciano Andraschko, marcó mi trayectoria académica, y espero que también te sea útil.

Cuando se trata de evasión, elusión y fraude fiscal, debemos vincular automáticamente estos conceptos con el Derecho Tributario, especialmente con la Planificación Fiscal.

Recientemente escribí aquí en el blog de IDP que la planificación fiscal es un acto preventivo, destinado a encontrar mecanismos para reducir los gastos financieros relacionados con el pago de impuestos.

Cuando buscamos "reducir" los pagos de impuestos, en última instancia, estamos lidiando con la "no incidencia de la obligación tributaria".

Pero, ¿qué es una obligación tributaria?

En términos generales, la obligación tributaria surge de la ley.

Por lo tanto, para que alguien esté obligado a pagar un impuesto, es necesario que este impuesto esté estipulado en la legislación (una regla conocida como principio de legalidad).

¿Quieres un ejemplo? ¡Aquí lo tienes!

La ley establece que quienes poseen un vehículo de motor deben pagar el IPVA (Impuesto sobre Vehículos de Motor).

Como se puede observar, se trata de una regla abstracta. En derecho, solemos decir que es una "hipótesis de incidencia", es decir, que el día que alguien sea propietario de un automóvil, pagará el impuesto de circulación.

Un día, el pequeño Johnny compró un coche. ¿Cuál fue la consecuencia? Tendría que pagar el impuesto de circulación. El acto de "comprar un coche" se conoce legalmente como "hecho imponible".

En términos generales, el evento desencadenante es la realización de una hipótesis de incidencia (norma abstracta).

¡La convergencia del hecho imponible y la ocurrencia de un evento desencadenante da origen a la obligación tributaria!

¿Intentamos este razonamiento a la inversa?

Ahora bien, si una persona no posee un automóvil, no existe ningún hecho imponible para el IPVA (Impuesto sobre la Propiedad de Vehículos), sino solo una hipótesis abstracta de incidencia.

Si no posee un automóvil y no existe ningún hecho imponible, entonces no hay obligación tributaria de la que hablar, la cual solo surgirá cuando la situación prevista por la ley se dé en la práctica.

Obligación tributaria frente a planificación fiscal

En diversos sectores del mercado, los contribuyentes buscan reducir los impuestos para generar mayor competitividad y aumentar sus márgenes de beneficio.

Como se indica en la introducción de este artículo, el objetivo de la planificación fiscal es "evitar que se produzca el hecho imponible".

La ausencia de una obligación tributaria, o incluso su reducción, generará inevitablemente una mayor competitividad para las empresas que operan en el mercado.

Por este motivo, buscando proteger el interés público, se creó el artículo 116, párrafo único, del CTN (Código Tributario Brasileño).

En términos sencillos y objetivos, el artículo de la legislación tributaria indica que "la autoridad administrativa podrá ignorar los actos o transacciones legales realizadas con el fin de ocultar la ocurrencia del hecho imponible o la naturaleza de los elementos constitutivos de la obligación tributaria".

Es posible percibir un cuidado especial por parte de la Administración Pública en materia tributaria para evitar actos ilegales relacionados con estas obligaciones.

Por este motivo, conviene tener en cuenta que la planificación fiscal, según las enseñanzas del profesor Gabriel Sant'Anna Quintanilha, consiste en estudiar y adoptar alternativas legales con el objetivo de reducir, eliminar o aplazar la carga tributaria antes de que se produzca el hecho imponible.

La planificación fiscal, también conocida como elusión fiscal, no solo es una práctica legal, sino también esencial para el funcionamiento de una empresa.

Si la elusión fiscal es legal, ¿qué es la evasión fiscal?

¡Aquí está la cuestión! Suelo decir que la evasión fiscal es una planificación fiscal que salió mal, por razones ilícitas.

Esto se debe a que la evasión fiscal se produce cuando existe un abuso en la forma del acto, es decir, el objetivo principal es la práctica de transacciones legales con el propósito de ocultar la ocurrencia del evento que genera la obligación tributaria.

Por ello, como ya se ha mencionado, se creó el único párrafo del artículo 116 del CTN (Código Tributario Brasileño), que recientemente fue declarado constitucional por el Tribunal Supremo Federal en el caso ADI 2446.

El engaño en la práctica

Usemos un ejemplo muy divertido que nos presentó el profesor. Alexandre Mazza en su Manual de Derecho Tributario.

En su manual, relata que Caio y Tício formaron una sociedad con el propósito de ocultar la ocurrencia del evento que desencadenó el ITBI (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales), con el objetivo de eludir artificialmente el pago de impuestos.

Si las autoridades fiscales se enteraran de esta maniobra engañosa, como explica el profesor... AlexandreLas autoridades tributarias podrían determinar el impuesto adeudado, aplicando el artículo 116, párrafo único, del CTN (Código Tributario Brasileño).

Se refiere a un ajuste realizado por la Administración Pública con el fin de reclasificar legalmente los hechos, para que se pueda cobrar el impuesto correspondiente.

La evasión fiscal no es lo mismo que la elusión fiscal.

Si bien la elusión fiscal se refiere a una simulación destinada a ocultar el hecho imponible, la evasión fiscal es un acto delictivo.

En términos generales, la evasión fiscal consiste en fraude contra la ley, la práctica de delitos tributarios, tipificados como delito.

En caso de evasión fiscal, el contribuyente omite o proporciona información falsa a las autoridades tributarias sobre la ocurrencia del hecho imponible, con el objetivo de evitar el pago.

Un excelente ejemplo es cuando una empresa ofrece dos precios para una mercancía. El primer precio, de mayor valor, viene acompañado de una factura, y el segundo, de menor valor, no.

Esta conducta astuta, cuyo objetivo es ocultar a la Administración Pública la ocurrencia del hecho imponible, se conoce como evasión fiscal.

Para facilitar su estudio, podemos pensar en cada uno de estos comportamientos de la siguiente manera:

La elusión fiscal es planificación fiscal (legal).

La elusión fiscal es una simulación (originalmente es ilegal, pero las autoridades tributarias pueden reclasificar la transacción legal para recaudar los impuestos adeudados).

La evasión fiscal es un delito (ilegal).

La importancia de la elusión fiscal, la evasión fiscal y el fraude fiscal en la práctica.

Comprender el significado de cada uno de estos conceptos y utilizarlos técnicamente nos permite alcanzar la excelencia.

No es raro que los profesionales desconozcan estos términos o que confundan su significado.

Sin embargo, para la defensa de un cliente que, por ejemplo, está siendo objeto de un procedimiento administrativo tributario, es fundamental conocer la diferencia entre estos conceptos, así como las normas aplicables a cada uno de ellos.

El uso técnico de la terminología jurídica tributaria, combinado con una amplia investigación y estudio en la materia, puede convertirte en una autoridad en el tema.

¿Cómo adquirir autoridad en materia de derecho tributario?

Esta pregunta parece sencilla, ¡pero en la práctica no lo es!

Esto se debe a que existen innumerables profesionales que se han graduado en derecho y trabajan en el sector. Sin embargo, por regla general, no es posible elaborar excelentes argumentos jurídicos basándose únicamente en conocimientos de pregrado.

Si su objetivo es trabajar en el ámbito del derecho tributario, especialmente en la planificación fiscal, la recuperación de deudas y la defensa de los contribuyentes frente a las autoridades fiscales, mantenerse al día es fundamental.

Más allá de los programas de maestría y doctorado, que sin duda cambian la forma en que uno piensa sobre el Derecho, Brasil ofrece la posibilidad de especializaciones lato sensu, que son una excelente oportunidad para profundizar en el Derecho Tributario.

Como siempre digo: lee mucho sobre derecho tributario, investiga y escribe sobre este tema. Busca una excelente especialización para alcanzar un gran éxito profesional y destacar, tanto en el mercado laboral como en los cursos de formación jurídica.

Además, no olvides seguir mis artículos aquí en IDP Online y compartirlos con tus amigos que también aspiran al éxito profesional. ¡Un cordial saludo y hasta pronto!

¿Quieres saber más sobre la elusión fiscal, la evasión fiscal y el fraude fiscal? ¡Consulta las referencias a continuación!

Referencias

CHAVES, Francisco C. Planificación fiscal en la práctica: gestión fiscal aplicada, 4.ª edición. GEN Group, 2017. Libro electrónico. ISBN 9788597011876.

CREPALDI, Sílvio A. Planificación Fiscal. Editorial Saraiva, 2021. Libro electrónico. ISBN 9786587958361.

SEGUNDO, Hugo de Brito M. Manual de Derecho Tributario. Grupo GEN, 2022. Libro electrónico. ISBN 9786559772261.